Editorial: Un nuevo espacio para el debate público sobre lo penal

Santiago, 1 de marzo de 2022

Hoy comienza la andadura de Controversias penales, el sitio que el Instituto de Ciencias Penales de Chile pone a disposición preferentemente de sus asociadas y asociados para debatir sobre cuestiones penales relevantes de un modo fundado, pero sin las pretensiones y exigencias propias de las publicaciones estrictamente científicas (como es el caso de la propia Revista de Ciencias Penales del Instituto), y con un trámite editorial consecuentemente más ágil, que permite acompasar las opiniones e intereses de las y los autores también con la contingencia cotidiana de interés para las disciplinas penales. Como se lee en la presentación del sitio, este aspira a concentrar los debates penales que hoy se encuentran dispersos en diversos sitios y plataformas no especializados. De este modo, espera contribuir a consolidar el diálogo al interior de la comunidad dedicada a las ciencias penales en nuestro medio y a la mayor densidad del tratamiento de los asuntos penales en Chile. Queda extendida la invitación, entonces, a las y los asociados del Instituto a darle vida a Controversias penales a través de sus contribuciones.

El sitio se inaugura con una aguda reflexión sobre si existe o no una genuina jurisprudencia penal en Chile y, más aún, sobre si se dan en la actualidad las condiciones para que algo así pueda ser posible. El desconcertante alcance que se le da al principio del efecto relativo de las sentencias judiciales, que de la inevitable existencia de diferencias entre los casos concretos parece extraer que las razones para resolver uno no tienen que regir para resolver otros, aunque esas razones no digan relación con las mencionadas diferencias fácticas, conduce a la ausencia de toda vinculación de los tribunales a sus propias decisiones previas. De ahí que el problema parezca ir más allá de la distorsión que eventualmente puede representar la integración variable de los tribunales colegiados o de otros aspectos organizativos o aun de la definición normativa de la función jurisdiccional, pues concierne más bien a la autocomprensión que de su función tienen los tribunales superiores, particularmente la Corte Suprema. Los factores organizativos y normativos podrían resolverse con relativa facilidad (supuesta, naturalmente, la necesaria voluntad política), pero toda autocomprensión encierra factores culturales e idiosincrásicos considerablemente más resistentes. Su superación debiera pasar en gran medida por la crítica fundada y sistemática de las decisiones judiciales, así como por la explicitación de lo que está en juego en un espacio jurídico ayuno de una genuina jurisprudencia.

Héctor Hernández Basualto

Director